2013/07/05

Un juzgado de Donostia desestima la denuncia de Kutxabank contra unos okupas

La entidad tendrá que pagar las costas del juicio y no podrá desalojar a tres familias que habían entrado por necesidad en una casa que Kutxabank había adquirido después de un desahucio.


El juzgado de primera instancia número 4 de Donostia ha desestimado la petición de Kutxabank sobre el desalojo de tres familias que ocupaban un inmueble en la localidad de Martutene (Guipúzcoa). La sentencia obliga a Kutxabank a pagar las costas del juicio y permite la permanencia de las ocupantes en la casa, una villa en la que irrumpieron “por necesidad”, según ha relatado a este periódico uno de los ocupantes. El edificio había sido adquirido por Kutxabank tras un desahucio hipotecario.

No obstante, la resolución no se hace eco del reciente auto de un juzgado de Sabadell, que precisamente estableció la prioridad de esta función social de las viviendas frente a las pretensiones de la Sareb (el “banco malo”) de desalojar un edificio ocupado de su propiedad. El juzgado vasco ha considerado que Kutxabank no puede ejercer su derecho al desalojo por una cuestión de forma: la entidad, dice la sentencia, sí ha podido acreditar “su condición de propietario de la villa” desde el 19 de julio de 2011, pero “no se ha acreditado posesión por parte de Kutxa previo a la utilización de la vivienda por los demandados”. Por toma de posesión, continúa la sentencia, se entiende “tener la posesión física, real, tangible de la cosa o derecho de que sea propietario”.

Según especifica la sentencia, la denuncia se basaba en un procedimiento civil, el interdicto de retener o recobrar, con características propias: “en esta clase de juicios solamente se ventilan problemas de hecho, de la posesión como una realidad activa que opera por su misma actuación y efectividad, con abstracción del derecho que pueda amparar ese estado”. Según cuenta a DIAGONAL uno de los ocupantes, “el juez ha basado la sentencia en las fotografías que hemos tomado. La casa está muy deteriorada y con claros síntomas de abandono pese a los arreglos que hemos hecho, y la Kutxa no ha podido presentar nada”.

Según fuentes jurídicas consultadas por DIAGONAL, la sentencia es relevante dado que “el juez ha querido hacer una interpretación muy restrictiva” de los supuestos que se deben dar para ejercer la demanda. “El resumen es: 'querías usar el procedimiento verbal más sencillo para hacerlo rápido pero no has demostrado que ejercieras la posesión, por lo que esta vía no es la adecuada'. Esta interpretación la podrían hacer otros jueces, pero nunca lo hacen”, continúan.

El colectivo Stop Desahucios Guipuzcoa, que apoya a las familias ocupantes, se ha felicitado de la sentencia en un comunicado que reclama la actuación de las administraciones públicas “para que esas miles de casas desocupadas (muchas de ellas producto de los desahucios promovidos por las entidades financieras) cumplan su función”. En la sentencia, dictada el 25 de junio, el juez dió 22 días a la entidad para presentar un recurso.

Fuente: Periódico Diagonal